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Insolvencia para pequeños comerciantes | Abogados comerciales en Medellín

Publicado 22 de julio de 2026
Lectura 5 min
Autor xilena de salazar




Insolvencia para pequeños comerciantes | Abogados en Medellín


Derecho Comercial

Insolvencia para pequeños comerciantes en Colombia: cómo negociar las deudas

La insolvencia para pequeños comerciantes en Colombia es un mecanismo jurídico que permite a determinadas personas naturales comerciantes negociar sus deudas, reorganizar sus obligaciones y proteger la continuidad del negocio cuando atraviesan dificultades económicas. Aunque una disminución en las ventas o el aumento de los costos puede afectar la liquidez, ello no significa necesariamente que el comerciante deba cerrar su empresa o enfrentar múltiples procesos ejecutivos.

Con la expedición de la Ley 2445 de 2025, el régimen de insolvencia se amplió para permitir que ciertos pequeños comerciantes accedan a procedimientos de negociación de deudas, convalidación de acuerdos privados y liquidación patrimonial, siempre que cumplan los requisitos establecidos por la ley..

Contenido:

¿Qué cambió con la Ley 2445 de 2025 para la insolvencia de pequeños comerciantes?

Antes de esta reforma, el procedimiento regulado en los artículos 531 y siguientes del Código General del Proceso estaba diseñado principalmente para personas naturales no comerciantes.

Por el contrario, quienes desarrollaban actividades mercantiles debían acudir al régimen previsto en la Ley 1116 de 2006, incluso cuando se trataba de pequeños negocios familiares.

Sin embargo, la Ley 2445 de 2025 modificó esta situación al incorporar expresamente a los pequeños comerciantes dentro del régimen de insolvencia para personas naturales.

Además, la reforma actualizó las reglas relacionadas con:

  • La cesación de pagos.
  • La presentación de la solicitud.
  • La negociación con acreedores.
  • La convalidación de acuerdos privados.
  • La liquidación patrimonial.

El artículo 531 del Código General del Proceso establece actualmente tres alternativas principales:

  • Negociar las deudas con los acreedores.
  • Convalidar un acuerdo privado previamente celebrado.
  • Liquidar el patrimonio cuando resulte imposible recuperar la capacidad de pago.

En consecuencia, la insolvencia para pequeños comerciantes en Colombia no elimina automáticamente las obligaciones. Por el contrario, constituye un procedimiento judicial encaminado a reorganizar el pasivo y facilitar el cumplimiento ordenado de las deudas.

Posteriormente, el Decreto 1136 de 2025 corrigió algunos errores de redacción contenidos en la reforma, razón por la cual ambas normas deben interpretarse conjuntamente., la aplicación del régimen debe realizarse teniendo en cuenta tanto la Ley 2445 de 2025 como las correcciones introducidas por dicho decreto.

¿Quién puede acogerse a la insolvencia para pequeños comerciantes?

El artículo 532 del Código General del Proceso establece que este procedimiento puede ser utilizado por:

  • Personas naturales no comerciantes.
  • Personas naturales comerciantes cuyos activos sean inferiores a mil salarios mínimos mensuales legales vigentes.

Para calcular ese límite no se incluyen:

  • La vivienda familiar.
  • El vehículo utilizado como herramienta de trabajo.

Por otra parte, las sociedades comerciales no pueden utilizar este procedimiento, ya que continúan sometidas al régimen empresarial previsto en la Ley 1116 de 2006.

Antes de iniciar el trámite resulta recomendable verificar aspectos como:

  • La calidad de comerciante.
  • El valor real de los activos.
  • Los bienes excluidos por la ley.
  • La existencia de sociedades controladas.
  • La titularidad de las obligaciones.

De esta manera se evita presentar solicitudes que posteriormente puedan ser rechazadas.

¿Cuándo existe cesación de pagos?

La insolvencia para pequeños comerciantes en Colombia exige acreditar la existencia de cesación de pagos.

Según el artículo 538 del Código General del Proceso, esta situación ocurre cuando el deudor:

  • Incumple dos o más obligaciones frente a dos o más acreedores durante más de noventa días.
  • Tiene en su contra dos o más procesos ejecutivos o procedimientos de cobro.

Además, esas obligaciones deben representar por lo menos el treinta por ciento del pasivo total.

No obstante, para realizar dicho cálculo no se incluyen los créditos que continúan siendo pagados normalmente mediante libranza o descuento de nómina.

¿Qué documentos deben presentarse de Insolvencia para pequeños comerciantes?

La solicitud de negociación debe contener información suficiente para que el conciliador pueda evaluar la verdadera situación económica del comerciante.

Entre los principales documentos se encuentran:

  • Informe sobre las causas de la cesación de pagos.
  • Propuesta de negociación.
  • Relación completa de acreedores.
  • Relación detallada de activos.
  • Información sobre procesos judiciales.
  • Estado de ingresos y gastos.
  • Obligaciones alimentarias.
  • Certificado de inscripción en el registro mercantil.

Asimismo, toda esta información se presenta bajo la gravedad del juramento.

Cuando el procedimiento supere la mínima cuantía, será obligatoria la intervención de un abogado.

¿Qué efectos produce la negociación de deudas?

Una vez el conciliador admite la solicitud, la decisión debe inscribirse en el registro mercantil correspondiente cuando el solicitante tenga la calidad de comerciante.

Posteriormente, se inicia la negociación con los acreedores.

Inicialmente, el procedimiento tiene una duración de sesenta días.

Sin embargo, la ley permite una prórroga de treinta días adicionales y, tratándose de comerciantes, otra ampliación de hasta noventa días cuando exista la mayoría exigida legalmente.

Durante esta etapa resulta especialmente importante contar con asesoría jurídica, ya que deberán analizarse:

  • Procesos ejecutivos.
  • Garantías reales.
  • Obligaciones tributarias.
  • Pasivos laborales.
  • Contratos comerciales.
  • Embargos y medidas cautelares.

Una adecuada negociación puede facilitar la recuperación económica del comerciante y evitar la liquidación de su patrimonio.

Conclusión

La insolvencia para pequeños comerciantes en Colombia no constituye un mecanismo para dejar de pagar las deudas.

Por el contrario, busca ofrecer una solución jurídica organizada que permita negociar con los acreedores, reorganizar las obligaciones y proteger la continuidad de la actividad económica cuando aún resulta viable.

Por ello, antes de iniciar el procedimiento es recomendable analizar cuidadosamente la situación financiera, verificar el cumplimiento de todos los requisitos legales y elaborar una propuesta seria de negociación.

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